GARANTÍAS

Ante cualquier falta de conformidad en el momento del suministro de contenidos o servicios digitales, tanto si se trata de un suministro instantáneo o continuo, el empresario responderá de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde el momento de la entrega, que se entenderá realizada el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán si este fuera posterior. La resolución no procede cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.

El consumidor podrá elegir estas opciones cuando la subsanación no ha sido posible debido a las siguientes causas: la subsanación resulta imposible o es desproporcionada; el empresario no haya puesto los bienes en conformidad.

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